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Cesión de derecho hereditario. Instituto nacional de colonización. Bien inmueble rural. Derecho de preferencia / Pablo López Ferreira en Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay, v.109 (2023)
[artículo]
Título : Cesión de derecho hereditario. Instituto nacional de colonización. Bien inmueble rural. Derecho de preferencia Tipo de documento: texto impreso Autores: Pablo López Ferreira Fecha de publicación: 2023 Artículo en la página: p. 152-158 Idioma : Español Temas: BIEN INMUEBLE RURAL
CESION DE DERECHOS HEREDITARIOS
CONSULTAS TECNICAS
INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION
LEY 11.029
LEY 19.577
PARTICION DE HERENCIAResumen: La obligación impuesta por la Ley de Colonización (ley 11.029) en cuanto al derecho preferente que tiene el Instituto Nacional de Colonización en la adquisición de tierras (artículo 35, en la redacción dada por la ley 19.577) y la afectación al interés general de inmuebles rurales destinados a colonización (artículo 70, en la redacción dada por las leyes 18.187 y 18.756) requiere un análisis particular del ámbito de aplicación de ambas normas respecto a determinados negocios jurídicos; específicamente, el contrato de cesión de derechos hereditarios y la partición. Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=105063
in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > v.109 (2023) . - p. 152-158[artículo] Cesión de derecho hereditario. Instituto nacional de colonización. Bien inmueble rural. Derecho de preferencia [texto impreso] / Pablo López Ferreira . - 2023 . - p. 152-158.
Idioma : Español
in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > v.109 (2023) . - p. 152-158
Temas: BIEN INMUEBLE RURAL
CESION DE DERECHOS HEREDITARIOS
CONSULTAS TECNICAS
INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION
LEY 11.029
LEY 19.577
PARTICION DE HERENCIAResumen: La obligación impuesta por la Ley de Colonización (ley 11.029) en cuanto al derecho preferente que tiene el Instituto Nacional de Colonización en la adquisición de tierras (artículo 35, en la redacción dada por la ley 19.577) y la afectación al interés general de inmuebles rurales destinados a colonización (artículo 70, en la redacción dada por las leyes 18.187 y 18.756) requiere un análisis particular del ámbito de aplicación de ambas normas respecto a determinados negocios jurídicos; específicamente, el contrato de cesión de derechos hereditarios y la partición. Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=105063 La tensión entre la propiedad y el uso y goce en las cooperativas de vivienda / Luis Enrique Malel Pereira en Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay, v.104 (2018)
[artículo]
Título : La tensión entre la propiedad y el uso y goce en las cooperativas de vivienda : la partición Tipo de documento: texto impreso Autores: Luis Enrique Malel Pereira Fecha de publicación: 2018 Artículo en la página: p. 61-70 Nota general: Este estudio toma por base la ponencia del autor: La partición de la herencia cuando la indivisión está integrada exclusivamente por partes sociales cooperarias, realizado en Montevideo el 8 de junio de 2018, organizado por Cudecoop. Idioma : Español Temas: COOPERATIVAS DE VIVIENDAS
DERECHO DE SUCESIONES
DERECHO NOTARIAL
PARTICION DE HERENCIA
URUGUAYResumen: En las cooperativas de vivienda de uso y goce existen ámbitos de análisis que no están resueltos y que generan tensión entre los derechos de propiedad de las partes sociales y las preferencias en el uso y goce de la unidad. El caso de la partición es uno de estos ámbitos, pues los herederos de una cuota indivisa que no ejercen la ocupación-por no hallarse en las condiciones legales o por haber satisfecho la necesidad de habitación-tienen, efectivamente, derecho a salir de la indivisión y a recibir la participación económica competente. Se intenta coordinar las disposiciones de las leyes cooperativas con el Código Civil en cuanto a las acciones de las que están dotados unos y otros, ya que todos son herederos del socio fallecido y deben recibir respuesta del orden jurídico aplicable. Nota de contenido: Presentación -- Situación de los herederos del socio -- Preferencia en la ocupación de la unidad -- Relaciones entre propietarios de partes sociales y usuarios -- Designación de socio titular -- El socio titular no es cesionario de partes sociales de los coherederos -- El remate de las partes sociales no es viable -- Derecho a salir de la indivisión -- revocación de la designación de representante ante la cooperativa -- Conclusión -- Bibliografía. Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=97855
in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > v.104 (2018) . - p. 61-70[artículo] La tensión entre la propiedad y el uso y goce en las cooperativas de vivienda : la partición [texto impreso] / Luis Enrique Malel Pereira . - 2018 . - p. 61-70.
Este estudio toma por base la ponencia del autor: La partición de la herencia cuando la indivisión está integrada exclusivamente por partes sociales cooperarias, realizado en Montevideo el 8 de junio de 2018, organizado por Cudecoop.
Idioma : Español
in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > v.104 (2018) . - p. 61-70
Temas: COOPERATIVAS DE VIVIENDAS
DERECHO DE SUCESIONES
DERECHO NOTARIAL
PARTICION DE HERENCIA
URUGUAYResumen: En las cooperativas de vivienda de uso y goce existen ámbitos de análisis que no están resueltos y que generan tensión entre los derechos de propiedad de las partes sociales y las preferencias en el uso y goce de la unidad. El caso de la partición es uno de estos ámbitos, pues los herederos de una cuota indivisa que no ejercen la ocupación-por no hallarse en las condiciones legales o por haber satisfecho la necesidad de habitación-tienen, efectivamente, derecho a salir de la indivisión y a recibir la participación económica competente. Se intenta coordinar las disposiciones de las leyes cooperativas con el Código Civil en cuanto a las acciones de las que están dotados unos y otros, ya que todos son herederos del socio fallecido y deben recibir respuesta del orden jurídico aplicable. Nota de contenido: Presentación -- Situación de los herederos del socio -- Preferencia en la ocupación de la unidad -- Relaciones entre propietarios de partes sociales y usuarios -- Designación de socio titular -- El socio titular no es cesionario de partes sociales de los coherederos -- El remate de las partes sociales no es viable -- Derecho a salir de la indivisión -- revocación de la designación de representante ante la cooperativa -- Conclusión -- Bibliografía. Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=97855