A partir de esta página puede:
Volver a la pantalla de inicio con las estanterías virtuales... | Su cuenta | Ayuda |
Temas
Refinar búsqueda
Como exigir los créditos laborales contra un grupo económico en concurso / José Luis Dodera en Revista CADE, n.66 (2023)
[artículo]
Título : Como exigir los créditos laborales contra un grupo económico en concurso Tipo de documento: texto impreso Autores: José Luis Dodera Fecha de publicación: 2023 Artículo en la página: p. 69-82 Idioma : Español Temas: CREDITOS LABORALES
DERECHO LABORAL
DOCTRINA
GRUPO DE INTERES ECONOMICO
LEY 18.572
LEY 18.837
LEY 18.847
PROCESO CONCURSALResumen: La presente monografía tiene por objetivo explorar el trámite procesal para emplazar y exigir un crédito laboral donde sea deudor un grupo económico como una unidad y un único deudor leyes procesales laborales aprobadas, Números Ley No. 18.572 y Ley No. 18.847, junto con la Ley No. 18.837, junto con la Ley No. 18.837, Ley de Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial, así como dos sentencias interlocutorias de dos juzgados letrados de concurso. El marco teórico elegido es la responsabilidad del Grupo Económico Laboral, ya sea subjetiva u objetiva. Esta construcción doctrinaria constituye el punto de partida para estudiar y tratar procesalmente a un crédito laboral. Nota de contenido: El grupo económico es un empleador único -- La declaración de un grupo económico como único deudor -- Conclusiones. Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=102771
in Revista CADE > n.66 (2023) . - p. 69-82[artículo] Como exigir los créditos laborales contra un grupo económico en concurso [texto impreso] / José Luis Dodera . - 2023 . - p. 69-82.
Idioma : Español
in Revista CADE > n.66 (2023) . - p. 69-82
Temas: CREDITOS LABORALES
DERECHO LABORAL
DOCTRINA
GRUPO DE INTERES ECONOMICO
LEY 18.572
LEY 18.837
LEY 18.847
PROCESO CONCURSALResumen: La presente monografía tiene por objetivo explorar el trámite procesal para emplazar y exigir un crédito laboral donde sea deudor un grupo económico como una unidad y un único deudor leyes procesales laborales aprobadas, Números Ley No. 18.572 y Ley No. 18.847, junto con la Ley No. 18.837, junto con la Ley No. 18.837, Ley de Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial, así como dos sentencias interlocutorias de dos juzgados letrados de concurso. El marco teórico elegido es la responsabilidad del Grupo Económico Laboral, ya sea subjetiva u objetiva. Esta construcción doctrinaria constituye el punto de partida para estudiar y tratar procesalmente a un crédito laboral. Nota de contenido: El grupo económico es un empleador único -- La declaración de un grupo económico como único deudor -- Conclusiones. Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=102771