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Después de notificada de un decreto, la parte no puede exigir la copia del escrito en que recayó esa providencia (Pág. 214) / Enrique C. Armand Ugón en La Revista de Derecho, Jurisprudencia y Administración, v.32, n.9 (01/01/1930)
[artículo]
Título : Después de notificada de un decreto, la parte no puede exigir la copia del escrito en que recayó esa providencia (Pág. 214) Tipo de documento: texto impreso Autores: Enrique C. Armand Ugón Fecha de publicación: 1930 Artículo en la página: pp. 214-215 Idioma : Español Temas: DERECHO ADMINISTRATIVO
FIRMAS, ADHESIONES, NOTIFICACIONES
LITIGIO
RESOLUCION
URUGUAYEnlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=30531
in La Revista de Derecho, Jurisprudencia y Administración > v.32, n.9 (01/01/1930) . - pp. 214-215[artículo] Después de notificada de un decreto, la parte no puede exigir la copia del escrito en que recayó esa providencia (Pág. 214) [texto impreso] / Enrique C. Armand Ugón . - 1930 . - pp. 214-215.
Idioma : Español
in La Revista de Derecho, Jurisprudencia y Administración > v.32, n.9 (01/01/1930) . - pp. 214-215
Temas: DERECHO ADMINISTRATIVO
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LITIGIO
RESOLUCION
URUGUAYEnlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=30531 En los delitos de acción penal privada (salvo el caso de los delitos de imprenta) el querellante no tiene el carácter de parte en el procedimiento criminal, no debiendo ser notificado de ninguna providencia judicial, ya sea pronunciada en el sumario, plenario o presumario, excepto algún caso de excepción ordenado por el juez. La facultad de desistir que confiere el Art. 52 de la ley de 12 de setiembre de 1916, es perfectamente compatible con la prohibición de ser notificado que querellante, y éste no tiene otra oportunidad de ser oído, sino durante la ampliación del sumario, y eso en carácter de "mero auxiliar o coadyudante" de la acción penal ejercida por el Ministerio Público en La Revista de Derecho, Jurisprudencia y Administración, v.32, n.13 (01/01/1930)
[artículo]
Título : En los delitos de acción penal privada (salvo el caso de los delitos de imprenta) el querellante no tiene el carácter de parte en el procedimiento criminal, no debiendo ser notificado de ninguna providencia judicial, ya sea pronunciada en el sumario, plenario o presumario, excepto algún caso de excepción ordenado por el juez. La facultad de desistir que confiere el Art. 52 de la ley de 12 de setiembre de 1916, es perfectamente compatible con la prohibición de ser notificado que querellante, y éste no tiene otra oportunidad de ser oído, sino durante la ampliación del sumario, y eso en carácter de "mero auxiliar o coadyudante" de la acción penal ejercida por el Ministerio Público Tipo de documento: texto impreso Fecha de publicación: 1930 Artículo en la página: pp. 302-304 Idioma : Español Temas: DERECHO ADMINISTRATIVO
DERECHO PENAL
FIRMAS, ADHESIONES, NOTIFICACIONES
URUGUAYNota de contenido: Vista Fiscal, Canelones, diciembre 6 de 1929 / M. Pérez Montebruno (actuario) -- Vista fiscal, Canelones, junio 25, 1930 / A. Lagarmilla -- Sentencia / Bordoni Posse. Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=30501
in La Revista de Derecho, Jurisprudencia y Administración > v.32, n.13 (01/01/1930) . - pp. 302-304[artículo] En los delitos de acción penal privada (salvo el caso de los delitos de imprenta) el querellante no tiene el carácter de parte en el procedimiento criminal, no debiendo ser notificado de ninguna providencia judicial, ya sea pronunciada en el sumario, plenario o presumario, excepto algún caso de excepción ordenado por el juez. La facultad de desistir que confiere el Art. 52 de la ley de 12 de setiembre de 1916, es perfectamente compatible con la prohibición de ser notificado que querellante, y éste no tiene otra oportunidad de ser oído, sino durante la ampliación del sumario, y eso en carácter de "mero auxiliar o coadyudante" de la acción penal ejercida por el Ministerio Público [texto impreso] . - 1930 . - pp. 302-304.
Idioma : Español
in La Revista de Derecho, Jurisprudencia y Administración > v.32, n.13 (01/01/1930) . - pp. 302-304
Temas: DERECHO ADMINISTRATIVO
DERECHO PENAL
FIRMAS, ADHESIONES, NOTIFICACIONES
URUGUAYNota de contenido: Vista Fiscal, Canelones, diciembre 6 de 1929 / M. Pérez Montebruno (actuario) -- Vista fiscal, Canelones, junio 25, 1930 / A. Lagarmilla -- Sentencia / Bordoni Posse. Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=30501 Notificación irregular / Juan Pedro Zeballos en Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, v.14, n.1 (1963)
[artículo]
Título : Notificación irregular Tipo de documento: texto impreso Autores: Juan Pedro Zeballos Fecha de publicación: 1963 Artículo en la página: p. 169-177 Idioma : Español Temas: DERECHO CIVIL
FIRMAS, ADHESIONES, NOTIFICACIONES
JURISPRUDENCIA
PROCEDIMIENTO CIVILEnlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=83172
in Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales > v.14, n.1 (1963) . - p. 169-177[artículo] Notificación irregular [texto impreso] / Juan Pedro Zeballos . - 1963 . - p. 169-177.
Idioma : Español
in Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales > v.14, n.1 (1963) . - p. 169-177
Temas: DERECHO CIVIL
FIRMAS, ADHESIONES, NOTIFICACIONES
JURISPRUDENCIA
PROCEDIMIENTO CIVILEnlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=83172 Propiedad horizontal. Gastos comunes. Notificación electrónica. Compraventa. Deuda / Analía Cánepa en Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay, v.105 (2019)
[artículo]
Título : Propiedad horizontal. Gastos comunes. Notificación electrónica. Compraventa. Deuda Tipo de documento: texto impreso Autores: Analía Cánepa ; Florencia García Dorelo Fecha de publicación: 2019 Artículo en la página: p. 255-261 Idioma : Español Temas: COMPRAVENTA
CONSULTAS TECNICAS
DERECHO NOTARIAL
DEUDA
FIRMAS, ADHESIONES, NOTIFICACIONES
GASTOS COMUNES
PROPIEDAD HORIZONTALResumen: Se analiza si corresponde abonar los gastos comunes por el período en que se notifica mediante correo electrónico a la parte promitente compradora que la unidad estaba pronta para su entrega (entrega ficta) hasta la entrega efectiva (entrega real) simultáneamente con el pago del saldo del precio y otorgamiento de la compraventa definitiva y préstamo hipotecario. Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=98323
in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > v.105 (2019) . - p. 255-261[artículo] Propiedad horizontal. Gastos comunes. Notificación electrónica. Compraventa. Deuda [texto impreso] / Analía Cánepa ; Florencia García Dorelo . - 2019 . - p. 255-261.
Idioma : Español
in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > v.105 (2019) . - p. 255-261
Temas: COMPRAVENTA
CONSULTAS TECNICAS
DERECHO NOTARIAL
DEUDA
FIRMAS, ADHESIONES, NOTIFICACIONES
GASTOS COMUNES
PROPIEDAD HORIZONTALResumen: Se analiza si corresponde abonar los gastos comunes por el período en que se notifica mediante correo electrónico a la parte promitente compradora que la unidad estaba pronta para su entrega (entrega ficta) hasta la entrega efectiva (entrega real) simultáneamente con el pago del saldo del precio y otorgamiento de la compraventa definitiva y préstamo hipotecario. Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=98323 Sentencia Nº 261/2019 del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de 9 de mayo de 2019 en Montevideo / Uruguay. Poder Judicial. Tribunal de lo Contencioso Administrativo en Revista la Justicia Uruguaya, v.157, n.3 (jul.-set., 2019)The ratification of international treaties. / José Sette CamaraPermalinkValor de la constancia del actuario en la notificación por nota de jurisprudencia en La Revista de Derecho, Jurisprudencia y Administración, v.36, n.10 (01/01/1938)Permalink