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Autor Gabriel Salsamendi |
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Acumulación y fraccionamiento de servicios en un mismo ámbito de afiliación / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, n.252 (oct.-nov. 2013)
[artículo]
Título : Acumulación y fraccionamiento de servicios en un mismo ámbito de afiliación Tipo de documento: texto impreso Autores: Gabriel Salsamendi Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 742-751 Idioma : Español Temas: DERECHO LABORAL
JURISPRUDENCIA
SERVICIOS
URUGUAYEnlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=76623
in Derecho Laboral > n.252 (oct.-nov. 2013) . - p. 742-751[artículo] Acumulación y fraccionamiento de servicios en un mismo ámbito de afiliación [texto impreso] / Gabriel Salsamendi . - 2013 . - p. 742-751.
Idioma : Español
in Derecho Laboral > n.252 (oct.-nov. 2013) . - p. 742-751
Temas: DERECHO LABORAL
JURISPRUDENCIA
SERVICIOS
URUGUAYEnlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=76623 Cincuentones perjudicados. Primera generación de jubilados por régimen mixto implementado por la Ley N° 16.713 / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, n.265 (ene.-mar. 2017)
[artículo]
Título : Cincuentones perjudicados. Primera generación de jubilados por régimen mixto implementado por la Ley N° 16.713 Tipo de documento: texto impreso Autores: Gabriel Salsamendi ; Camila Hargain Fecha de publicación: 2017 Artículo en la página: p. 113-136 Idioma : Español Temas: DERECHO CONSTITUCIONAL
DERECHO LABORAL
DOCTRINA
IGUALDAD
JUBILACION
LEY 16.713
MODIFICACION REGIMEN PREVISIONAL
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
SEGURIDAD SOCIALResumen: En ocasión del cumplimiento de los 20 años de la reforma implementada por la ley N° 16. 713 comienzan a gestarse múltiples cuestionamientos relativos a su aplicación, y fundamentalmente en lo que refiere a su constitucionalidad y pertinencia.
Resulta innegable el impacto social que ha tenido esta reforma, el que cabe señalar, se produce a los 20 años de sancionada la Ley no de manera injustificada, sino precisamente porque en el año 2016 se conformó la primera generación de individuos con causal jubilatoria a los cuales se les aplica plenamente el "nuevo" régimen ideado por dicha norma.
En razón de lo anterior, se considera de gran interés doctrinario realizar una reflexión sobre la referida reforma y analizarla tanto desde el punto de vista constitucional como de los Principios Generales de la Seguridad Social.
Cabe puntualizar que el presente trabajo no pretende imponer ciertas conclusiones como veredas absolutas sino todo lo contrario, llamar a la reflexión de ciertos aspectos jurídicos que no deben ser soslayados y que revisten especial importancia, como es el caso, por ejemplo, de los derechos constitucionales.Nota de contenido: Ley N° 16.713 del 03.09.1995 -- Los pilares del régimen mixto -- Alcance subjetivo del régimen mixto -- Cálculo de la presentación de jubilación de acuerdo a diversos regímenes -- Causas del prejuicio, su alcance y sujetos afectados -- Soluciones propuestas -- Posible impacto de la reforma consagrada en la ley 16.713 sobre Derechos Constitucionales y Principios Constitucionales y Principios Generales de la Seguridad Social -- Responsabilidad del Estado por acto legislativo -- Principios generales de la seguridad social -- Conclusiones. Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=88874
in Derecho Laboral > n.265 (ene.-mar. 2017) . - p. 113-136[artículo] Cincuentones perjudicados. Primera generación de jubilados por régimen mixto implementado por la Ley N° 16.713 [texto impreso] / Gabriel Salsamendi ; Camila Hargain . - 2017 . - p. 113-136.
Idioma : Español
in Derecho Laboral > n.265 (ene.-mar. 2017) . - p. 113-136
Temas: DERECHO CONSTITUCIONAL
DERECHO LABORAL
DOCTRINA
IGUALDAD
JUBILACION
LEY 16.713
MODIFICACION REGIMEN PREVISIONAL
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
SEGURIDAD SOCIALResumen: En ocasión del cumplimiento de los 20 años de la reforma implementada por la ley N° 16. 713 comienzan a gestarse múltiples cuestionamientos relativos a su aplicación, y fundamentalmente en lo que refiere a su constitucionalidad y pertinencia.
Resulta innegable el impacto social que ha tenido esta reforma, el que cabe señalar, se produce a los 20 años de sancionada la Ley no de manera injustificada, sino precisamente porque en el año 2016 se conformó la primera generación de individuos con causal jubilatoria a los cuales se les aplica plenamente el "nuevo" régimen ideado por dicha norma.
En razón de lo anterior, se considera de gran interés doctrinario realizar una reflexión sobre la referida reforma y analizarla tanto desde el punto de vista constitucional como de los Principios Generales de la Seguridad Social.
Cabe puntualizar que el presente trabajo no pretende imponer ciertas conclusiones como veredas absolutas sino todo lo contrario, llamar a la reflexión de ciertos aspectos jurídicos que no deben ser soslayados y que revisten especial importancia, como es el caso, por ejemplo, de los derechos constitucionales.Nota de contenido: Ley N° 16.713 del 03.09.1995 -- Los pilares del régimen mixto -- Alcance subjetivo del régimen mixto -- Cálculo de la presentación de jubilación de acuerdo a diversos regímenes -- Causas del prejuicio, su alcance y sujetos afectados -- Soluciones propuestas -- Posible impacto de la reforma consagrada en la ley 16.713 sobre Derechos Constitucionales y Principios Constitucionales y Principios Generales de la Seguridad Social -- Responsabilidad del Estado por acto legislativo -- Principios generales de la seguridad social -- Conclusiones. Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=88874 Desafiliación del régimen mixto / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, n.268 (oct.-dic. 2017)
[artículo]
Título : Desafiliación del régimen mixto Tipo de documento: texto impreso Autores: Gabriel Salsamendi Fecha de publicación: 2017 Artículo en la página: p. 715-726 Idioma : Español Temas: DERECHO LABORAL
DOCTRINA
REFORMA
SEGURIDAD SOCIALResumen: La primera generación de jubilados por el régimen mixto, dejó en evidencia que los mismos percibirían jubilaciones sensiblemente inferiores que quienes permanecieron en el régimen de transición.
Esto motivó un importante debate y la movilización de dichos ciudadanos, así como de las organizaciones sociales representadas en el Banco de Previsión social, llegando la delegación de los trabajadores a plantear un proyecto articulado, que fue usado como base para la ley que hoy comentamos.
El debate parlamentario y público, giró básicamente en torno al costo que el proyecto significaría para las arcas del Estado, así como si era conveniente la desafiliación en un plazo corto o al momento de jubilarse.
El legislador inclinó por la primera opción y por la creación de un fideicomiso para administrar los fondos que se transfieran al sistema público, limitar al 90% la prestación a servir por el sistema de transición, y regular el cobro de las comisiones de las administradoras de fondos de ahorro previsional.Nota de contenido: Alcance subjetivo del régimen mixto -- Calculo de la presentación de jubilación de acuerdo a los diversos regímenes -- Causas del perjuicio, su alcance y sujetos afectados -- La ley aprobada. incorporación de los perjudicados al régimen mixto -- Limitaciones del monto a cobrar por comisiones, por las AFAPs. Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=90139
in Derecho Laboral > n.268 (oct.-dic. 2017) . - p. 715-726[artículo] Desafiliación del régimen mixto [texto impreso] / Gabriel Salsamendi . - 2017 . - p. 715-726.
Idioma : Español
in Derecho Laboral > n.268 (oct.-dic. 2017) . - p. 715-726
Temas: DERECHO LABORAL
DOCTRINA
REFORMA
SEGURIDAD SOCIALResumen: La primera generación de jubilados por el régimen mixto, dejó en evidencia que los mismos percibirían jubilaciones sensiblemente inferiores que quienes permanecieron en el régimen de transición.
Esto motivó un importante debate y la movilización de dichos ciudadanos, así como de las organizaciones sociales representadas en el Banco de Previsión social, llegando la delegación de los trabajadores a plantear un proyecto articulado, que fue usado como base para la ley que hoy comentamos.
El debate parlamentario y público, giró básicamente en torno al costo que el proyecto significaría para las arcas del Estado, así como si era conveniente la desafiliación en un plazo corto o al momento de jubilarse.
El legislador inclinó por la primera opción y por la creación de un fideicomiso para administrar los fondos que se transfieran al sistema público, limitar al 90% la prestación a servir por el sistema de transición, y regular el cobro de las comisiones de las administradoras de fondos de ahorro previsional.Nota de contenido: Alcance subjetivo del régimen mixto -- Calculo de la presentación de jubilación de acuerdo a los diversos regímenes -- Causas del perjuicio, su alcance y sujetos afectados -- La ley aprobada. incorporación de los perjudicados al régimen mixto -- Limitaciones del monto a cobrar por comisiones, por las AFAPs. Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=90139 Despido de trabajador por amparo al subsidio transitorio por incapacidad parcial / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, n.269 (ene.-mar. 2018)
[artículo]
Título : Despido de trabajador por amparo al subsidio transitorio por incapacidad parcial Tipo de documento: texto impreso Autores: Gabriel Salsamendi Fecha de publicación: 2018 Artículo en la página: p. 167-177 Nota general: Sentencia definitiva de segunda instancia. Tribunal de Apelaciones del Trabajo de 3° Turno. Montevideo, 07 de agosto de 2017 Idioma : Español Temas: DERECHO LABORAL
DESPIDO
DOCTRINA
INCAPACIDAD
TRABAJADORESEnlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=91119
in Derecho Laboral > n.269 (ene.-mar. 2018) . - p. 167-177[artículo] Despido de trabajador por amparo al subsidio transitorio por incapacidad parcial [texto impreso] / Gabriel Salsamendi . - 2018 . - p. 167-177.
Sentencia definitiva de segunda instancia. Tribunal de Apelaciones del Trabajo de 3° Turno. Montevideo, 07 de agosto de 2017
Idioma : Español
in Derecho Laboral > n.269 (ene.-mar. 2018) . - p. 167-177
Temas: DERECHO LABORAL
DESPIDO
DOCTRINA
INCAPACIDAD
TRABAJADORESEnlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=91119 Fondo de cesantía y retiro de la construcción / Gabriel Salsamendi en Informe de Seguridad Social, n.13 (01/01/2008)
[artículo]
Título : Fondo de cesantía y retiro de la construcción Tipo de documento: texto impreso Autores: Gabriel Salsamendi Fecha de publicación: 2008 Artículo en la página: pp. 63 Idioma : Español Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=23509
in Informe de Seguridad Social > n.13 (01/01/2008) . - pp. 63[artículo] Fondo de cesantía y retiro de la construcción [texto impreso] / Gabriel Salsamendi . - 2008 . - pp. 63.
Idioma : Español
in Informe de Seguridad Social > n.13 (01/01/2008) . - pp. 63
Enlace permanente a este registro: https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=23509 Implicancias laborales del amparo al subsidio transitorio por incapacidad parcial. Derecho a estabilidad en el empleo / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, n.254 (abr.-jun. 2014)PermalinkInstalación y funcionamiento de una Oficina dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el sitio de la planta proyectada por UPM / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, n.275 (jul.-set., 2019)PermalinkJuzgado Letrado de Familia 21º Turno Sentencia N.º 37/2021. / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, n.284 (oct.-dic., 2021)PermalinkModificaciones en el sueldo básico jubilatorio de los trabajadores de la construcción (Ley 18.355) / Gabriel Salsamendi en Informe de Seguridad Social, n.14 (01/01/2008)PermalinkNiveles de negociación colectiva en Uruguay. Impacto del proyecto de reforma de la ley 18.566 / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, n.286 (abr.-jun., 2022)PermalinkProfesionales universitarios con contrato escrito / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, n.272 (oct.-dic. 2018)PermalinkRequisitos para la percepción de la pensión por invalidez (art. 43 de la ley 16.713) / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, n.248 (oct.-dic. 2012)PermalinkRevocación de acto administrativo por el Banco de Previsión Social. Mano de obra benévola. Requisitos / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, n.264 (oct.-dic. 2016)PermalinkRevocación de acto administrativo por el Banco de Previsión Social. Vicios formales y sustanciales / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, n.265 (ene.-mar. 2017)PermalinkRevocación de prestaciones ya otorgadas por organismos de seguridad social. La teoría de los actos propios / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, n.262 (abr.-jun. 2016)PermalinkSanciones disciplinarias / Gabriel SalsamendiPermalink