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La prueba a diligenciarse en la República debe ofrecerse y recibirse durante el término ordinario señalado y no después, aunque siga corriendo el termino extraordinario en La Revista de Derecho, Jurisprudencia y Administración, v.32, n.17 (01/01/1930)
[artículo]
[artículo] La prueba a diligenciarse en la República debe ofrecerse y recibirse durante el término ordinario señalado y no después, aunque siga corriendo el termino extraordinario [texto impreso] . - 1930 . - pp. 406-408. Idioma : Español in La Revista de Derecho, Jurisprudencia y Administración > v.32, n.17 (01/01/1930) . - pp. 406-408
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