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Ley N° 18.095 de 10 de enero de 2007. Establécese una prima por edad para las personas que se encuentren en el goce de una jubilación servida por el Banco de Previsión Social y cumplan con las condiciones reguladas en la presente ley y en la reglamentación en Derecho Laboral, n.225 (01/01/2007)
[artículo]
[artículo] Ley N° 18.095 de 10 de enero de 2007. Establécese una prima por edad para las personas que se encuentren en el goce de una jubilación servida por el Banco de Previsión Social y cumplan con las condiciones reguladas en la presente ley y en la reglamentación [texto impreso] . - 2007 . - p. 247. Idioma : Español in Derecho Laboral > n.225 (01/01/2007) . - p. 247
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