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Decreto Nº 336/006 de 18.9.2006. Establécese que el acuerdo suscrito en el Grupo N 09 (Industria de la Construcción y actividades complementarias), subgrupo 01 (Industria e instalaciones de la construcción. Preparación del terreno, demolición, excavaciones, fundaciones con pilotes, construcción de edificios, obras de ingeniería civil, acondicionamiento y terminación de edificios, alquiler de equipos de construcción y demolición con operarios. Albañilería y afines. Yeseros. Estucadores. Saneamiento y pavimento. Mosaicos, monolíticos y afines. Talleres de granito y marmolería, aserraderos y molienda. Pintura de obra. Impermeabilización. Herrerías de obra. Instalaciones eléctricas. Instalación de Moldeadores y galponeros. Ascensores: Fábricas, talleres, depósitos, instalación y mantenimiento. Fábricas de mezcla), rige con carácter nacional en Derecho Laboral, n.223 (01/01/2006)
[artículo]
[artículo] Decreto Nº 336/006 de 18.9.2006. Establécese que el acuerdo suscrito en el Grupo N 09 (Industria de la Construcción y actividades complementarias), subgrupo 01 (Industria e instalaciones de la construcción. Preparación del terreno, demolición, excavaciones, fundaciones con pilotes, construcción de edificios, obras de ingeniería civil, acondicionamiento y terminación de edificios, alquiler de equipos de construcción y demolición con operarios. Albañilería y afines. Yeseros. Estucadores. Saneamiento y pavimento. Mosaicos, monolíticos y afines. Talleres de granito y marmolería, aserraderos y molienda. Pintura de obra. Impermeabilización. Herrerías de obra. Instalaciones eléctricas. Instalación de Moldeadores y galponeros. Ascensores: Fábricas, talleres, depósitos, instalación y mantenimiento. Fábricas de mezcla), rige con carácter nacional [texto impreso] . - 2006 . - p. 755. Idioma : Español in Derecho Laboral > n.223 (01/01/2006) . - p. 755
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