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Decreto N° 454/996 de 26/XI/96. Se dispone que las sentencias extranjeras constitutivas de un estado civil que se invoquen ante la Direc. del Registro de Estado Civil, serán controladas por el art. 539 del Código General del Proceso en Revista de Administración Pública Uruguaya, n.19 (1997)
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[artículo] Decreto N° 454/996 de 26/XI/96. Se dispone que las sentencias extranjeras constitutivas de un estado civil que se invoquen ante la Direc. del Registro de Estado Civil, serán controladas por el art. 539 del Código General del Proceso [texto impreso] . - 1997 . - p. 81-82. Idioma : Español in Revista de Administración Pública Uruguaya > n.19 (1997) . - p. 81-82
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