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Desalojo. Incidente de nulidad por indefensión o por violación de las garantías del debido proceso. Plazo para oponerla; criterio de razonabilidad. Facultades del alguacil en caso de error o deficiencia en la indicación del domicilio señalado por el intimante; práctica de la diligencia en el domicilio correcto. La notificación por cedulon. Formalidades de la notificación. Recurribilidad de las diligencias para mejor proveer. en Instituto Uruguayo de Derecho de Arrendamientos Urbanos, n.16-17 (1980)
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[artículo] Desalojo. Incidente de nulidad por indefensión o por violación de las garantías del debido proceso. Plazo para oponerla; criterio de razonabilidad. Facultades del alguacil en caso de error o deficiencia en la indicación del domicilio señalado por el intimante; práctica de la diligencia en el domicilio correcto. La notificación por cedulon. Formalidades de la notificación. Recurribilidad de las diligencias para mejor proveer. [texto impreso] . - 1980 . - p. 218-234. Idioma : Español in Instituto Uruguayo de Derecho de Arrendamientos Urbanos > n.16-17 (1980) . - p. 218-234
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