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Para decretar un embargo es absolutamente necesario que se individualice el bien que va a embargar. En consecuencia, no corresponde un embargo de 'todos los bienes que tenga el deudor o adquiera en adelante / Alfredo Furriol en Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay, v. 4, n. 2 (1908)
[artículo]
[artículo] Para decretar un embargo es absolutamente necesario que se individualice el bien que va a embargar. En consecuencia, no corresponde un embargo de 'todos los bienes que tenga el deudor o adquiera en adelante [texto impreso] / Alfredo Furriol . - 1908 . - p. 87-88. Idioma : Español in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > v. 4, n. 2 (1908) . - p. 87-88
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