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El dinero dado en depósito o en garantía de alquileres por el inquilino al propietario, no perjudica el derecho del arrendador de solicitar el desalojo del arrendatario como moroso pagador, si este último no está al día en el pago de sus alquileres. El documento que contiene el recibo de ese dinero importa extender un contrato que, innominado, sustituye o equivale a la fianza / Atilio C. Brignole en Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay, v. 4, n. 5 (1909)
[artículo]
[artículo] El dinero dado en depósito o en garantía de alquileres por el inquilino al propietario, no perjudica el derecho del arrendador de solicitar el desalojo del arrendatario como moroso pagador, si este último no está al día en el pago de sus alquileres. El documento que contiene el recibo de ese dinero importa extender un contrato que, innominado, sustituye o equivale a la fianza [texto impreso] / Atilio C. Brignole . - 1909 . - p. 237-238. Idioma : Español in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > v. 4, n. 5 (1909) . - p. 237-238
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