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Las deudas de pavimento existentes al rematarse una cosa ejecutada, son de cargo del vendedor, cuando esa deuda no se enunció en los edictos de remate en Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay, v.19, n.1 (1933)
[artículo]
[artículo] Las deudas de pavimento existentes al rematarse una cosa ejecutada, son de cargo del vendedor, cuando esa deuda no se enunció en los edictos de remate [texto impreso] . - 1933 . - p. 222. Idioma : Español in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > v.19, n.1 (1933) . - p. 222
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