[artículo] Título : | Embargo. Embargo específico. Publicidad registral. Remate judicial. Compraventa | Tipo de documento: | texto impreso | Fecha de publicación: | 2018 | Idioma : | Español | Temas: | CONSULTAS TECNICAS DERECHO NOTARIAL DERECHO PROCESAL PENAL LEY 14.294
| Resumen: | La providencia ejecutoriada que disponga la incautación de bienes por parte del Juzgado Penal y a instancia del Ministerio Público, como consecuencia jurídica accesoria de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 63 de la ley 14294 (Ley de Estupefacientes), en su redacción actual, constituirá título de traslación de dominio y se inscribirá en el registro correspondiente. Las medidas cautelares trabadas sobre los bienes incautados se regirán por lo dispuesto en el artículo 62 de la ley antes mencionada, en su redacción actual, y en lo no previsto, por el régimen general dispuesto en el Código General del Proceso y la Ley de Registros Públicos. | Nota de contenido: | Consulta -- Opinión de la consultante -- Exclusión de los bienes del patrimonio del narcotraficante -- Destino de los bienes decomisados -- Razonabilidad de la solución propuesta -- Conclusión | Enlace permanente a este registro: | https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=98015 | in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > v.104 (2018)
[artículo] Embargo. Embargo específico. Publicidad registral. Remate judicial. Compraventa [texto impreso] . - 2018. Idioma : Español in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > v.104 (2018) Temas: | CONSULTAS TECNICAS DERECHO NOTARIAL DERECHO PROCESAL PENAL LEY 14.294
| Resumen: | La providencia ejecutoriada que disponga la incautación de bienes por parte del Juzgado Penal y a instancia del Ministerio Público, como consecuencia jurídica accesoria de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 63 de la ley 14294 (Ley de Estupefacientes), en su redacción actual, constituirá título de traslación de dominio y se inscribirá en el registro correspondiente. Las medidas cautelares trabadas sobre los bienes incautados se regirán por lo dispuesto en el artículo 62 de la ley antes mencionada, en su redacción actual, y en lo no previsto, por el régimen general dispuesto en el Código General del Proceso y la Ley de Registros Públicos. | Nota de contenido: | Consulta -- Opinión de la consultante -- Exclusión de los bienes del patrimonio del narcotraficante -- Destino de los bienes decomisados -- Razonabilidad de la solución propuesta -- Conclusión | Enlace permanente a este registro: | https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=98015 |
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