[artículo] Título : | La regulación de la objeción de conciencia en las normas despenalizadoras del aborto en Argentina y Uruguay | Tipo de documento: | texto impreso | Autores: | Mariano Aramberri Labella | Fecha de publicación: | 2021 | Artículo en la página: | p. 37-51 | Idioma : | Español | Temas: | ABORTO ARGENTINA DOCTRINA OBJECION DE CONCIENCIA URUGUAY
| Resumen: | El presente trabajo tiene por objetivo analizar el tratamiento legislativo de la objeción de conciencia contenido en las normas despenalizadoras del aborto en Argentina y Uruguay, mediante un estudio comparativo de algunos de sus aspectos más relevantes.
Se expone una posición crítica de la visión restrictiva del derecho a la objeción de conciencia que proponen las normas analizadas, incluyendo el decreto reglamentario oportunamente dictado por el Poder Ejecutivo de nuestro país que, en su día, recibió el impacto en la línea de flotación que significó el contenido de la sentencia del TCA nro. 586, de año 2015.
Sin perjuicio de la referencia a las prescripciones que surgen de las normas vigentes en ambas márgenes del Plata, se propone una concepción jusnaturalista del derecho a la objeción de conciencia y de ideario. En virtud de ese posicionamiento se concluye que las restricciones que algunas preceptivas legales o reglamentarias pretenden imponer, ceden ante la superioridad de la indispensable protección de la efectividad del derecho humano fundamental esgrimido por el objetor que, en definitiva, mediante el ejercicio del derecho hace saber a quien corresponda que la norma inicua no lo obliga, y porque no lo obliga no la cumplirá. | Enlace permanente a este registro: | https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=98301 | in Revista de Derecho > Año 20, n.39 (2021) . - p. 37-51
[artículo] La regulación de la objeción de conciencia en las normas despenalizadoras del aborto en Argentina y Uruguay [texto impreso] / Mariano Aramberri Labella . - 2021 . - p. 37-51. Idioma : Español in Revista de Derecho > Año 20, n.39 (2021) . - p. 37-51 Temas: | ABORTO ARGENTINA DOCTRINA OBJECION DE CONCIENCIA URUGUAY
| Resumen: | El presente trabajo tiene por objetivo analizar el tratamiento legislativo de la objeción de conciencia contenido en las normas despenalizadoras del aborto en Argentina y Uruguay, mediante un estudio comparativo de algunos de sus aspectos más relevantes.
Se expone una posición crítica de la visión restrictiva del derecho a la objeción de conciencia que proponen las normas analizadas, incluyendo el decreto reglamentario oportunamente dictado por el Poder Ejecutivo de nuestro país que, en su día, recibió el impacto en la línea de flotación que significó el contenido de la sentencia del TCA nro. 586, de año 2015.
Sin perjuicio de la referencia a las prescripciones que surgen de las normas vigentes en ambas márgenes del Plata, se propone una concepción jusnaturalista del derecho a la objeción de conciencia y de ideario. En virtud de ese posicionamiento se concluye que las restricciones que algunas preceptivas legales o reglamentarias pretenden imponer, ceden ante la superioridad de la indispensable protección de la efectividad del derecho humano fundamental esgrimido por el objetor que, en definitiva, mediante el ejercicio del derecho hace saber a quien corresponda que la norma inicua no lo obliga, y porque no lo obliga no la cumplirá. | Enlace permanente a este registro: | https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=98301 |
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