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N° 658 Transporte marítimo. Buque: "MSC ALICANTE". Convención de Bruselas de 1924. El plazo de un año es de prescripción y no caducidad. La intimación judicial interrumpe la prescripción. Contrato de transporte y obligación de resultado. Carga de la prueba de las causas de exoneración. Solidaridad e indivisibilidad de la obligación en Revista de Transporte y Seguros, v.33, n.33 (2020)
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[artículo] N° 658 Transporte marítimo. Buque: "MSC ALICANTE". Convención de Bruselas de 1924. El plazo de un año es de prescripción y no caducidad. La intimación judicial interrumpe la prescripción. Contrato de transporte y obligación de resultado. Carga de la prueba de las causas de exoneración. Solidaridad e indivisibilidad de la obligación [texto impreso] . - 2020 . - p. 11-35. Juzgado Letrado de Primera Instancia Civil de 18° Turno. Sentencia Interlocutoria N.° 2088/2018 (Dra. Estela Jubette). Sentencia Definitiva N.° 88/2019 de 14/11/2019 (Dra. Estela Jubette). Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 6° Turno. Sentencia de Segunda Instancia N° 154/2020 (Dres. Marta Gómez Haedo Alonso, Martha Alvez de Simas, Mónica Borotoli Porro). Idioma : Español in Revista de Transporte y Seguros > v.33, n.33 (2020) . - p. 11-35
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