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Juicio ejecutivo tributario. Inhabilidad de de título. El acto no adquiere la calidad de firme cuando la Administración resuelve el recurso de revocación con anterioridad al vencimiento del plazo de 20 días para fundamentar previsto en el Art. 80 del Código Tributario / Poder Judicial. Juzgado Letrado en lo Civil (Montevideo: Turno 19) en Revista Tributaria, n.286 (ene.-feb., 2022)
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[artículo] Juicio ejecutivo tributario. Inhabilidad de de título. El acto no adquiere la calidad de firme cuando la Administración resuelve el recurso de revocación con anterioridad al vencimiento del plazo de 20 días para fundamentar previsto en el Art. 80 del Código Tributario [texto impreso] / Poder Judicial. Juzgado Letrado en lo Civil (Montevideo: Turno 19) . - 2022 . - p. 57-61. Sentencia N° 85/2021.Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 19º Turno. Montevideo, 22 de noviembre de 2021. Idioma : Español in Revista Tributaria > n.286 (ene.-feb., 2022) . - p. 57-61
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