[artículo] Título : | Tribunal de Apelaciones del Trabajo de 2° turno. Sentencia N.°224/2021 : reiteración de contrataciones a término en función de sucesivas licitaciones públicas | Tipo de documento: | texto impreso | Autores: | Alejandro Castello ; Viviana López Dourado | Fecha de publicación: | 2021 | Artículo en la página: | p. 929-954 | Idioma : | Español | Temas: | DERECHO DERECHO LABORAL JURISPRUDENCIA LICITACION PUBLICA SUCESION TERCERIZACION
| Resumen: | Los actores trabajaron en la cantina de un Ente autónomo en forma ininterrumpida, siendo contratados por diferentes empresas concesionarias del servicio. A lo largo de la relación laboral (entre 9 y 25 años según el caso), resultaron adjudicatarias del servicio 7 empresas, que eran independientes entre sí y en relación al Estado. En ocasión de cada licitación, la empresa adjudicataria celebró un contrato a plazo con los actores.
El Tribunal de Apelaciones del Trabajo entendió que existió sucesión de empresas y que la relación laboral fue una sola y de duración indeterminada, condenando a la última empresa adjudicataria al pago de la indemnización por despido tomando en cuenta la antigüedad generada en otras empresas adjudicatarias. Condenó en forma subsidiaria a ANCAP, en base a la ley de tercerizaciones. | Enlace permanente a este registro: | https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=99943 | in Derecho Laboral > n.284 (oct.-dic., 2021) . - p. 929-954
[artículo] Tribunal de Apelaciones del Trabajo de 2° turno. Sentencia N.°224/2021 : reiteración de contrataciones a término en función de sucesivas licitaciones públicas [texto impreso] / Alejandro Castello ; Viviana López Dourado . - 2021 . - p. 929-954. Idioma : Español in Derecho Laboral > n.284 (oct.-dic., 2021) . - p. 929-954 Temas: | DERECHO DERECHO LABORAL JURISPRUDENCIA LICITACION PUBLICA SUCESION TERCERIZACION
| Resumen: | Los actores trabajaron en la cantina de un Ente autónomo en forma ininterrumpida, siendo contratados por diferentes empresas concesionarias del servicio. A lo largo de la relación laboral (entre 9 y 25 años según el caso), resultaron adjudicatarias del servicio 7 empresas, que eran independientes entre sí y en relación al Estado. En ocasión de cada licitación, la empresa adjudicataria celebró un contrato a plazo con los actores.
El Tribunal de Apelaciones del Trabajo entendió que existió sucesión de empresas y que la relación laboral fue una sola y de duración indeterminada, condenando a la última empresa adjudicataria al pago de la indemnización por despido tomando en cuenta la antigüedad generada en otras empresas adjudicatarias. Condenó en forma subsidiaria a ANCAP, en base a la ley de tercerizaciones. | Enlace permanente a este registro: | https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=99943 |
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