[artículo] Título : | Un trabajo sin contrato y sin frenos : trabajo por cuenta ajena en la economía digital | Tipo de documento: | texto impreso | Autores: | Francisco Pérez Amoros | Fecha de publicación: | 2019 | Artículo en la página: | p. 437-470 | Idioma : | Español | Temas: | CONTRATOS DE TRABAJO DERECHO LABORAL ECONOMIA DIGITAL PLATAFORMA DIGITAL TECNOLOGIA TRABAJO INFORMAL
| Resumen: | El personal de reparto de plataformas considerados en las tres sentencias- "TAKE EAT EASY" (2018), "DELIVERROO" (2018) y "GLOVO" (2018) que protagonizan estas páginas son, salvo mejor opinión, trabajadores por cuenta ajena, no autónomos ni TRADE. La relación de trabajo capitalista, ex art. 1.1. LET, tiene su hábitat natural en el mercado porque es donde mejor vive y sobrevive (reproduce) la ajenidad; y hoy en día, la plataforma digital es una nueva versión del mercado donde se sigue comprando y vendiendo trabajo por cuenta ajena. La economía 4.0 que va de la mano con la precariedad y fraude 4.0, sin procurar progreso ni tener responsabilidad social, repugna al Derecho del Trabajo. | Nota de contenido: | Derecho del trabajo y nuevas tecnologías: Dos caras de una misma moneda -- De la revolución industrial clásica a la revolución industrial -- La revolución digital y la empresa digital -- Plataforma digital: un nuevo protagonista en el ámbito de las relaciones laborales -- Derechos sociales digitales emergentes y globalizados -- Ciertos trabajos con plataforma: ¿un yacimiento de trabajo precario? -- Ajenidad y subsiguiente dependencia laboral digital: Los repartidores de plataforma -- Mensajeros 1984 versus repartidores de plataforma 2018 -- Las primeras sentencias sobre repartidores de plataforma -- sentencia del JS núm. 11 de Barcelona (Núm. 213/2018) de 29 de mayo de 2018 (núm. 213/2018; (asunto, TAKE EAT EASY SPAIN, S.L. y otros) -- Sentencia del JS núm. 6 de Valencia (Núm. 244/2018) de 1 de junio de 2018, asunto RD SPAIN S.L.U., ROOFOODS (DELIVEROO) -- Sentencia JS núm. 39 de Madrid (Refuerzo) de 3 de septiembre de 2018 (núm. 284/2018; asunto GLOVO APP 23, SL) -- Un resumen de la sentencia: el repartidor es TRADE, no es trabajador por cuenta ajena -- Una rápida y provisional aproximación valorativa a la sentencia: ¿el repartidor es TRADE, no es trabajador por cuenta ajena? -- Unas conclusiones. Nuevas Tecnologías manifestaciones de ajenidad: nuevas formas de trabajar por cuenta ajena. | Enlace permanente a este registro: | https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=94966 | in Derecho Laboral > n.275 (jul.-set., 2019) . - p. 437-470
[artículo] Un trabajo sin contrato y sin frenos : trabajo por cuenta ajena en la economía digital [texto impreso] / Francisco Pérez Amoros . - 2019 . - p. 437-470. Idioma : Español in Derecho Laboral > n.275 (jul.-set., 2019) . - p. 437-470 Temas: | CONTRATOS DE TRABAJO DERECHO LABORAL ECONOMIA DIGITAL PLATAFORMA DIGITAL TECNOLOGIA TRABAJO INFORMAL
| Resumen: | El personal de reparto de plataformas considerados en las tres sentencias- "TAKE EAT EASY" (2018), "DELIVERROO" (2018) y "GLOVO" (2018) que protagonizan estas páginas son, salvo mejor opinión, trabajadores por cuenta ajena, no autónomos ni TRADE. La relación de trabajo capitalista, ex art. 1.1. LET, tiene su hábitat natural en el mercado porque es donde mejor vive y sobrevive (reproduce) la ajenidad; y hoy en día, la plataforma digital es una nueva versión del mercado donde se sigue comprando y vendiendo trabajo por cuenta ajena. La economía 4.0 que va de la mano con la precariedad y fraude 4.0, sin procurar progreso ni tener responsabilidad social, repugna al Derecho del Trabajo. | Nota de contenido: | Derecho del trabajo y nuevas tecnologías: Dos caras de una misma moneda -- De la revolución industrial clásica a la revolución industrial -- La revolución digital y la empresa digital -- Plataforma digital: un nuevo protagonista en el ámbito de las relaciones laborales -- Derechos sociales digitales emergentes y globalizados -- Ciertos trabajos con plataforma: ¿un yacimiento de trabajo precario? -- Ajenidad y subsiguiente dependencia laboral digital: Los repartidores de plataforma -- Mensajeros 1984 versus repartidores de plataforma 2018 -- Las primeras sentencias sobre repartidores de plataforma -- sentencia del JS núm. 11 de Barcelona (Núm. 213/2018) de 29 de mayo de 2018 (núm. 213/2018; (asunto, TAKE EAT EASY SPAIN, S.L. y otros) -- Sentencia del JS núm. 6 de Valencia (Núm. 244/2018) de 1 de junio de 2018, asunto RD SPAIN S.L.U., ROOFOODS (DELIVEROO) -- Sentencia JS núm. 39 de Madrid (Refuerzo) de 3 de septiembre de 2018 (núm. 284/2018; asunto GLOVO APP 23, SL) -- Un resumen de la sentencia: el repartidor es TRADE, no es trabajador por cuenta ajena -- Una rápida y provisional aproximación valorativa a la sentencia: ¿el repartidor es TRADE, no es trabajador por cuenta ajena? -- Unas conclusiones. Nuevas Tecnologías manifestaciones de ajenidad: nuevas formas de trabajar por cuenta ajena. | Enlace permanente a este registro: | https://opac.um.edu.uy/index.php?lvl=notice_display&id=94966 |
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